El derecho a la vivienda y el derecho a la propiedad privada no son ni han sido incompatibles. El deber de garantizar que convivan en equilibrio, sin entrar en colisión, corresponde a la administración. La ciudadanía paga impuestos precisamente para dotarla de recursos y para que pueda dar respuesta a las necesidades habitacionales con soluciones reales y eficaces, libres de ideología y orientadas únicamente a resultados.

Necesitamos que la administración asuma su liderazgo y ejerza plenamente su responsabilidad en materia de vivienda, , fomentando el ahorro, la inversión y una actividad constructora responsable, impulsando un mercado privado estable y eficiente y desplegando una vivienda pública basada en la justicia, la rotación y el arraigo.

Solo así se dará respuesta a la emergencia habitacional y se evitará la confrontación y la polarización que sufre actualmente la ciudadanía, en favor de una mejor convivencia y cohesión social.

Hacia una política de vivienda más realista, justa y eficaz

El artículo 47 de la CE establece "Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada" y atribuye a los poderes públicos la responsabilidad de promover las condiciones necesarias y establecer el marco normativo pertinente para hacer efectivo dicho derecho. Este mandato constitucional configura la vivienda como un objetivo de política pública cuya realización exige la adopción de instrumentos regulatorios y económicos capaces de corregir las disfunciones del mercado residencial.

Sin embargo, la experiencia acumulada en las últimas décadas sugiere que la mera formulación normativa de este derecho no garantiza por sí misma su efectiva materialización, evidenciando que las buenas intenciones no siempre generan los resultados esperados. Cataluña, constituye un ejemplo relevante para el análisis de las políticas de intervención en el mercado del alquiler. La introducción de mecanismos de contención de rentas, orientados a moderar el incremento de los precios, no ha logrado revertir las dificultades estructurales de acceso a la vivienda. Por el contrario, diversos indicadores apuntan a una reducción de la oferta disponible en el mercado arrendaticio, al mantenimiento de niveles elevados de precios en determinadas áreas tensionadas y a una percepción creciente de inseguridad jurídica por parte de los distintos agentes del mercado, tanto arrendadores como arrendatarios.

La crisis de la vivienda no puede entenderse únicamente como un problema de precios. Es también una consecuencia de regulaciones que reducen la oferta, de una presión fiscal elevada, de una burocracia que frena la construcción y de una creciente inseguridad jurídica.

Este documento plantea, en consecuencia  una reflexión sobre los efectos de las políticas actuales y propone una alternativa orientada a incrementar la oferta residencial, mejorar la seguridad jurídica, la burocracia y facilitar el acceso real y efectivo una vivienda digna

1- Menos oferta y más dificultades para encontrar vivienda

En el marco de la Ley de Vivienda de 2023, y con el objetivo de mitigar la crisis de acceso a la vivienda, el Govern de la Generalitat de Cataluña decidió en 2024 convertirse en la primera comunidad autónoma en aplicar la declaración de zonas de mercado residencial tensionado. Esta medida incluye, entre otros aspectos, la limitación de las subidas del precio del alquiler y modificaciones en el régimen de prórrogas de determinados contratos en las zonas declaradas tensionadas.

La aplicación de esta política se llevó a cabo de forma progresiva. En marzo de 2024 la medida se aplicó en 140 municipios, y en octubre del mismo año se amplió hasta 261 municipios catalanes, constituyendo uno de los despliegues más amplios de regulación de precios del alquiler en Europa a nivel regional.

El objetivo de esta política es proteger a los arrendatarios y mejorar el acceso a la vivienda en alquiler, especialmente en aquellos territorios donde el incremento de los precios ha sido más intenso. Sin embargo, la literatura económica ha analizado ampliamente las políticas de control del alquiler y señala que, aunque pueden generar reducciones puntuales de precios a corto plazo, también suelen producir efectos secundarios sobre la oferta de vivienda disponible.

Las experiencias internacionales muestran dinámicas similares. En ciudades como Berlín, la introducción de controles de alquiler generó una reducción significativa de la oferta disponible y diversas distorsiones en el mercado residencial, hasta el punto que la medida terminó siendo anulada judicialmente.

La evolución reciente del mercado residencial en Cataluña sugiere la aparición de algunos de estos efectos. Uno de los más relevantes es la reducción de la oferta de alquiler de larga duración. Parte de esta oferta se está desplazando hacia otras modalidades contractuales —como los alquileres de temporada, el alquiler por habitaciones o la venta de viviendas— en un contexto marcado por una mayor incertidumbre regulatoria y jurídica para los propietarios.

Al mismo tiempo, la demanda de vivienda en alquiler continúa aumentando, lo que intensifica el desequilibrio entre oferta y demanda. Los datos reflejan esta presión: en Barcelona se registran alrededor de 65 contactos por cada anuncio de alquiler, frente a una media nacional cercana a 34. En Lleida, la presión es aún mayor, con 75 contactos por vivienda anunciada.

Además, cuando la rentabilidad del alquiler queda limitada por regulación, algunos propietarios reducen las inversiones en mantenimiento y rehabilitación, lo que puede deteriorar progresivamente el parque de viviendas disponible. A ello se suma otro fenómeno frecuente: el desplazamiento territorial de la demanda. Cuando se introducen limitaciones de precios en determinadas áreas, parte de la demanda se traslada hacia municipios o barrios cercanos donde no existen las mismas restricciones, aumentando allí la presión sobre los precios.

En Barcelona, los datos recientes reflejan una evolución compleja. Algunas estadísticas oficiales indicaron que el precio de los nuevos contratos llegó a reducirse alrededor de un 6% tras la introducción del control de precios en 2024. Sin embargo, otros indicadores sugieren que el problema estructural persiste. En 2025, por ejemplo, el precio medio del alquiler volvió a crecer cerca de un 6,9% interanual, situándose en torno a 24€/m², mientras la oferta disponible permanecía prácticamente estancada.

En definitiva, estos datos sugieren que el principal problema del mercado continúa siendo la insuficiencia estructural de oferta de vivienda. Cuando existe escasez de vivienda, la evidencia económica indica que las limitaciones administrativas de precios difícilmente corrigen el desequilibrio entre oferta y demanda y, en muchos casos, tienden más bien a desplazar o distorsionar el funcionamiento del mercado.

Nuestras propuestas:

  • Revisar o eliminar las limitaciones rígidas del precio del alquiler que reducen la oferta disponible.
  • Fomentar la creación de nueva vivienda mediante políticas que faciliten la inversión y la construcción.
  • Garantizar un marco regulador estable que incentive a los propietarios a mantener sus viviendas en el mercado del alquiler.
  • Promover la rehabilitación y el mantenimiento del parque de viviendas existente mediante incentivos en lugar de penalizaciones.

2- Presión fiscal creciente sobre la vivienda

La vivienda soporta una elevada carga fiscal en España. Los propietarios afrontan impuestos como el IBI, el IRPF sobre el alquiler, el impuesto de transmisiones patrimoniales, las plusvalías municipales y otros gravámenes indirectos.

Las revisiones catastrales y los aumentos del IBI en muchos municipios han incrementado la presión fiscal sobre las familias propietarias sin que ello se traduzca necesariamente en mejores servicios.

Esta fiscalidad desincentiva tanto el alquiler como la inversión en vivienda.

En Cataluña, además, se elevó el ITP a finales del mes de junio de 2025. Desde entonces, se aplica un tipo del 10% para las compraventas de hasta 600.000 euros, aunque a partir de este importe el tipo se eleva hasta el 11%, 12% o 13%, en función del valor. Además, también está en vigor un tipo del 20% para los grandes tenedores.

En el caso del AJD, el tipo impositivo más común que se aplica en Cataluña es del 1,5%, lo que lo convierte en uno de los más elevados de España.

Nuestras propuestas:

  • Reducir la carga fiscal vinculada a la vivienda.
  • Evitar revisiones catastrales que incrementen de manera abrupta el IBI.
  • Simplificar el sistema impositivo para favorecer el acceso a la vivienda y al alquiler.

3- Inseguridad jurídica en el mercado del alquiler

Uno de los factores que más preocupa hoy  a los propietarios, especialmente a los pequeños,  es la creciente inseguridad jurídica en el mercado del alquiler. Los procedimientos ante impagos o conflictos pueden prolongarse durante meses o incluso años, generando costes importantes y una gran incertidumbre para quienes dependen de esos ingresos para complementar su economía familiar o hacer frente a un crédito o hipoteca.

En los últimos años, esta situación se ha visto agravada con la aprobación de diversas normativas orientadas a proteger hogares considerados vulnerables frente a los desahucios. Aunque la intención de estas medidas es evitar situaciones de exclusión social, su aplicación práctica ha generado efectos no previstos que han alterado profundamente el funcionamiento del mercado del alquiler.

La normativa conocida popularmente como "ley antidesahucios para personas vulnerables" o "escudo social" ha ampliado notablemente los supuestos en los que se pueden suspender los lanzamientos judiciales. En muchos casos, la interpretación de la vulnerabilidad se ha aplicado de forma muy amplia, lo que ha permitido paralizar procedimientos incluso cuando existe un incumplimiento claro del contrato de alquiler. Situaciones como la existencia de menores en la unidad familiar o determinadas circunstancias económicas pueden activar estos mecanismos de protección, lo que en la práctica puede prolongar durante largos periodos la ocupación de una vivienda sin que el propietario pueda recuperar su propiedad.

Este escenario genera un riesgo considerable para los propietarios, especialmente para los pequeños ahorradores que constituyen la base del mercado de alquiler en Cataluña. Ante la posibilidad de enfrentarse a largos procesos judiciales o a situaciones en las que no se pueda recuperar la vivienda durante mucho tiempo, muchos propietarios han optado por endurecer los criterios para seleccionar inquilinos o, directamente, por retirar sus viviendas del mercado.

Esta reacción ha tenido una consecuencia especialmente preocupante: precisamente aquellas personas que podrían encajar dentro de los supuestos de vulnerabilidad definidos por la normativa encuentran ahora más dificultades para acceder a un alquiler. En la práctica, algunos propietarios evitan alquilar a perfiles que puedan implicar un mayor riesgo jurídico —familias con ingresos inestables, determinadas situaciones familiares o personas con menor estabilidad laboral— por temor a que, en caso de impago, el proceso de recuperación de la vivienda quede bloqueado durante largos periodos.

El resultado es un efecto perverso. Una normativa diseñada para proteger a los colectivos más frágiles termina dificultando su acceso a la vivienda, ya que el aumento del riesgo percibido lleva a muchos propietarios a ser más selectivos o a abandonar el mercado del alquiler. Cuando esto ocurre, la oferta disponible se reduce aún más y el problema de acceso a la vivienda se agrava.

La protección social de las personas vulnerables es una responsabilidad legítima del Estado, no puede recaer de forma desproporcionada sobre propietarios particulares que, en muchos casos, son también familias que han invertido sus ahorros en una vivienda. Para que el mercado del alquiler funcione de forma equilibrada es necesario recuperar un marco jurídico claro, previsible y capaz de proteger tanto a los inquilinos como a los propietarios.

Nuestras propuestas:

  • Agilizar los procedimientos judiciales en casos de impago.
  • Establecer mecanismos de protección social que no recaigan sobre los propietarios particulares.
  • Garantizar que las situaciones de vulnerabilidad sean atendidas mediante políticas públicas eficaces, como vivienda social o ayudas directas al alquiler.
  • Recuperar un marco jurídico claro y equilibrado que proteja tanto a los inquilinos como a los propietarios y refuerce la confianza en el mercado del alquiler.

4- Acceso cada vez más difícil a la vivienda en propiedad

En la actualidad, el acceso a la vivienda en Cataluña se ha convertido en un desafío significativo para muchas familias, especialmente para aquellas que intentan adquirir una propiedad por primera vez. El problema no se limita únicamente al incremento de los precios del mercado inmobiliario; este encarecimiento está condicionado por una combinación de factores estructurales, entre los que se encuentran la carga fiscal, diversas tasas, la complejidad de los procedimientos administrativos y un marco regulador que, en muchos casos, incrementa los costes, ralentiza los procesos de adquisición e incluso puede obstaculizar el acceso efectivo a la vivienda.

Desde el momento en que una empresa promotora adquiere suelo hasta que una familia formaliza la escritura de compraventa, la vivienda atraviesa diferentes fases sometidas a diversas figuras impositivas que se traducen en un incremento sustancial del coste final. En Cataluña, la fiscalidad asociada a la transmisión de vivienda usada se sitúa entre las más elevadas de España. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) parte de un tipo del 10% y puede alcanzar hasta el 13% para inmuebles de mayor valor, según los tramos establecidos por precio.

A este gravamen se suman, además, los gastos habituales vinculados a la operación —notaría, gestoría y registro— que tampoco son menores. En conjunto, estos costes pueden representar decenas de miles de euros adicionales, derivados exclusivamente del cambio de titularidad de la vivienda.

Si la vivienda es de obra nueva, el comprador debe asumir el pago de un IVA del 10% junto con un 1,5% correspondiente al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD). Esta carga fiscal combinada, a la que se añaden los gastos de notaría y registro asociados a la formalización de la escritura, puede incrementar el coste de adquisición en más de un 11% del precio de la vivienda, incluso antes de considerar los costes vinculados a la financiación hipotecaria.

Esto quiere decir que, antes de poner siquiera un pie en la vivienda, una familia catalana puede haber pagado un 20% o más del valor de compra en impuestos y costes asociados, sin contar las tasas municipales ni los costes que han marcado cada etapa de la construcción. Y eso en un territorio donde, a diferencia de otras comunidades con un ITP más bajo, la compra de vivienda usada para primera residencia difícilmente queda exenta de este impuesto si no se cumplen determinados requisitos de edad e ingresos.

Esta misma carga fiscal se multiplica cuando el promotor ha tenido que afrontar impuestos y cargas desde la adquisición del suelo, pasando por tasas urbanísticas, obligaciones como la cesión de aprovechamientos y normativas sectoriales. Todo ello se incorpora al coste final de la vivienda, presionando al alza el precio que las familias deben pagar.

A este esquema fiscal hay que añadir otro factor estructural: la dificultad para acceder a suelo disponible, especialmente en áreas urbanas consolidadas como el área metropolitana de Barcelona. Las restricciones urbanísticas, la falta de recalificaciones ágiles y la rigidez de muchos planes generales hacen que el suelo urbano se convierta en un bien escaso y caro. La consecuencia es que cada metro cuadrado de nueva vivienda tiene un punto de partida ya elevado en términos de coste, y este coste acaba trasladándose al comprador.

No ayuda, y de hecho agrava el problema, la excesiva burocracia que acompaña a cada proyecto de construcción. Obtener una licencia urbanística o una autorización para una promoción en muchas ciudades puede alargarse durante años. No es extraño que una simple modificación de proyecto o una solicitud de licencia básica quede atascada en trámites interminables, con retrasos que encarecen las inversiones y disuaden a muchos promotores de iniciar nuevos desarrollos.

Un ejemplo llamativo en Cataluña es la llamada reserva obligatoria del 30% en Barcelona, que exige a los promotores destinar un porcentaje significativo de las nuevas viviendas a uso social o protegido. Aunque la finalidad es legítima —aumentar el parque de vivienda asequible—, su aplicación práctica ha tenido un impacto paradójico: muchas promociones se han vuelto inviables económicamente, lo que ha provocado una caída de la construcción de vivienda nueva en la ciudad. Lo que debería haber generado más vivienda protegida acaba generando menos oferta global, con promotores optando por construir fuera del municipio o reducir la escala de sus proyectos ante la falta de viabilidad.

El conjunto de estos factores —elevada carga fiscal, dificultades para encontrar suelo, excesiva regulación y burocracia, y normas que, aunque bienintencionadas, acaban disuadiendo la construcción— ha creado un escenario en el que el acceso a la vivienda en propiedad se vuelve cada vez más inaccesible. Familias que ahorran durante años para poder reunir el 20% de entrada no solo tienen que preocuparse por pagar la hipoteca, sino también por reunir otro 10-15% adicional en impuestos y costes asociados a la compra, sin garantías de que el acceso al mercado mejore con el tiempo.

Si realmente se quiere facilitar el acceso a la vivienda, será imprescindible revisar las barreras fiscales, regulatorias y administrativas que hoy encarecen y dificultan tanto construir como acceder a una vivienda, ya sea en propiedad o en alquiler. De lo contrario, para cada vez más familias tener un hogar dejará de ser un proyecto alcanzable.

Nuestras propuestas:

Un verdadero escudo social en materia de vivienda no puede construirse trasladando la responsabilidad del artículo 47 de la CE a los propietarios ni debilitando el derecho a la propiedad para intentar resolver un problema estructural. Garantizar el acceso a una vivienda digna es una obligación de los poderes públicos. Corresponde al Estado y a las administraciones —incluida la Generalitat— asumir plenamente sus competencias en lugar de trasladar esta carga a los ciudadanos.

Si realmente se quiere facilitar el acceso a la vivienda, es imprescindible actuar sobre los factores que hoy lo dificultan: reducir la carga fiscal asociada a la compra, especialmente en el caso de la primera residencia, que debería contar con importantes exenciones fiscales o incluso quedar liberada de determinados impuestos. También es necesario revisar las cargas fiscales acumuladas, simplificar los procedimientos administrativos que frenan la construcción de nuevas viviendas y garantizar un marco de seguridad jurídica claro y estable.

Del mismo modo, resulta fundamental desbloquear suelo disponible para el desarrollo residencial, reducir la burocracia urbanística y revisar aquellas regulaciones que, aunque bienintencionadas, terminan desincentivando la construcción de nueva vivienda. Paralelamente, es imprescindible reforzar el parque de vivienda de protección social destinado a las personas en situación de mayor vulnerabilidad.

Solo aumentando la oferta de vivienda y eliminando las barreras que hoy dificultan construir y acceder a la propiedad será posible garantizar que el derecho a una vivienda digna y el derecho a la propiedad convivan con equilibrio. Este es el camino para reducir la confrontación social y permitir que más vecinos —especialmente las nuevas generaciones— puedan acceder realmente a un hogar.

5- La necesidad de más vivienda pública gestionada con criterios de justicia y rotación

El acceso a la vivienda asequible no se puede garantizar con políticas que topan precios, paralizan desahucios o regulan la construcción privada. En Cataluña es imprescindible reforzar la creación de vivienda pública de calidad, gestionada de manera eficiente y orientada a quienes más la necesitan. Sin embargo, para que este instrumento funcione realmente, no basta con construir más viviendas; es necesario establecer reglas claras que eviten que se conviertan en un recurso estancado o que se utilicen como un privilegio perpetuo.

En primer lugar, la vivienda pública no puede venderse ni convertirse en propiedad privada a largo plazo, ya que eso diluye su función social. Debe garantizarse como un recurso para quienes carecen de alternativas en momentos puntuales de sus vidas. Se necesita un sistema de revisiones periódicas para evaluar la situación del beneficiario y, si su situación económica o social ha mejorado lo suficiente como para poder acceder al mercado privado, debe liberar la vivienda y dejarla disponible para alguien que la necesite más. De esta forma se evita la ocupación de recursos limitados por quienes ya no los requieren, asegurando que la vivienda pública cumpla su función social de manera dinámica y eficiente.

Otro elemento clave es el criterio de asignación de estas viviendas. No basta con un sistema de solicitud abierta; es necesario priorizar a quienes tienen mayor arraigo en la zona. Por ejemplo, otorgar más puntos a quienes llevan años empadronados en el municipio garantiza que las familias con vínculos locales y comunitarios no se vean desplazadas, evitando el desarraigo social y reforzando la cohesión territorial. Este sistema de puntos permite gestionar la demanda creciente de manera justa y transparente, asegurando que quienes más necesitan la vivienda pública y tienen vínculos sólidos con la comunidad puedan acceder a ella.

Implementar este enfoque requiere, por tanto, un doble compromiso: ampliar significativamente el parque de vivienda pública y establecer un sistema de gestión basado en revisiones periódicas de la situación socioeconómica del beneficiario y criterios de arraigo. De esta manera, se consigue un recurso social verdaderamente justo y útil, que evita el estancamiento y llega a las personas que realmente lo necesitan.

Nuestras propuestas:

La Generalitat debería comprometerse a aumentar de manera sostenida la creación de vivienda pública, asegurando que ninguna de estas viviendas pueda venderse a corto plazo y que se mantenga un sistema de revisión cada cinco años para evaluar la necesidad del beneficiario. Quien mejore su situación económica debe ceder la vivienda a quien más la necesite. La asignación debe realizarse mediante un sistema de puntos que priorice el arraigo local, dando preferencia a quienes llevan más años empadronados en la zona, reforzando la cohesión social y evitando el desarraigo. Este modelo combina eficacia, justicia y dinamismo, convirtiendo la vivienda pública en una herramienta real de acceso a la vivienda para quienes más la necesitan.

Conclusión:

La situación de la vivienda en Cataluña evidencia que las buenas intenciones no bastan. Regular precios de alquiler, retrasar desahucios o imponer obligaciones de vivienda protegida sin atender al contexto económico y jurídico genera efectos contraproducentes: menos oferta, precios altos, inseguridad para propietarios e inquilinos y dificultades crecientes para acceder a la propiedad.

La solución requiere un cambio de enfoque: no más regulaciones que ahogan el mercado, sino un marco estable que combine incentivos, seguridad jurídica y reducción de la presión fiscal. Es imprescindible facilitar la construcción de vivienda, agilizar licencias, desbloquear suelo disponible y simplificar la burocracia, para que la oferta aumente de manera sostenida y los precios reflejen la realidad del mercado.

Al mismo tiempo, la vivienda pública debe reforzarse como un recurso social dinámico: su acceso debe priorizar a quienes más lo necesitan, mediante un sistema de revisión periódica y criterios de arraigo local, evitando que pisos limitados queden ocupados por quienes ya pueden acceder al mercado privado. De esta forma, se garantiza que la vivienda pública cumpla su función social de manera eficiente y justa.

Garantizar el acceso a la vivienda no es solo una cuestión de derechos: es también una cuestión de política sensata, de respeto a los propietarios y de equilibrio entre necesidades sociales y sostenibilidad del mercado. Solo un enfoque integral, basado en más oferta, seguridad jurídica y criterios de justicia, permitirá que las familias puedan vivir con dignidad, invertir con confianza y acceder a un hogar propio sin depender de políticas que, en la práctica, dificultan la vida cotidiana.